Canal Anticorrupción
¿Qué Significan Corrupción y Anticorrupción?
Abordamos brevemente la definición de corrupción y lo que es Anticorrupción.
En pocas palabras, corrupción es: «El abuso de una posición privilegiada para generar un beneficio indebido»
Entonces, ¿Qué es Anticorrupción? Es el combate a la corrupción por todos los medios legítimos; todo aquello que permite prevenir, detectar, investigar y corregir ese abuso y sus consecuencias.
Contrario a lo que se piensa, Anticorrupción no solo es integridad y buenas intenciones. Es el uso deliberado y calculado de la doctrina, de las normas y de distintas técnicas profesionales para prevenir, para detectar, para investigar y para corregir cualquier acto de corrupción.
Denuncia la Corrupción Responsablemente
Todos los actos de corrupción se deben denunciar, pero siempre protegiendo tu seguridad. Si no estás seguro de que (A) lo que estás presenciando realmente es un acto de corrupción; o (B) no estás en ningún tipo de riesgo, no denuncies; acércate a quien te pueda ayudar antes de actuar.
Clínica Nuestra Ibague ha adoptado los lineamientos emanados por el Articulo 73 de la ley 1474 de 2011 «Estatuto Anticorrupción» que establece que Plan debe elaborarse por todas las Entidades de orden Nacional, departamental y municipal.
Y así estandarizar los canales y el procedimiento para recepción de denuncias de presuntos actos de corrupción y/o existencia de inhabilidades, incompatibilidades y conflicto de intereses.
¿Dónde puede presentar su denuncia?
Canales virtuales:
Email: canalanticorrupcion.ibague@clinicanuestra.com
Recuerde que la información suministrada debe estar fundamentada. Así mismo es necesario tener en cuenta que, frente al trámite de las denuncias anónimas, si bien el artículo 27 de la Ley 24 de 1992, establece que se in-admitirán las quejas que sean anónimas o aquellas que carezcan de fundamento, también lo es, que el artículo 38 de la Ley 190 de 1995 permite adelantarlas investigaciones disciplinarias o penales en aquellas quejas anónimas que tengan medios probatorios suficientes que permitan inferir la comisión de un delito o infracción disciplinaria para adelantar la actuación de oficio.